Modelo 720

Declaración Informativa de Bienes en el Extranjero

Que el desconocimiento no acabe en una multa fiscal. Asesórate por nuestros asesores fiscales y evita sanciones fiscales

¿Necesitas asesoramiento sobre si estás obligado a presentar el modelo 720?

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Asesoría especializada en el Modelo 720 en Barcelona

Si resides o tu empresa está situada en España y dispones de acciones, valores, cuentas o bienes inmuebles en el extranjero con un valor superior a los 50.000 euros, recuerda que tienes que presentar el modelo 720 antes del 31 de marzo.

Aunque la justicia europea ha considerado que este modelo resulta “contrario al Derecho de la Unión”, el Gobierno de España lo mantendrá modificando algunos aspectos para que se ajuste a la normativa europea, por lo que sigue en vigor.

En JDV ASESORES somos asesores fiscales especialistas en la presentación del Modelo 720. CONTACTANOS y deja tu tranquilidad en nuestras manos.

  • Confeccionamos y presentamos tu modelo 720 dentro de plazo evitando posibles errores que comporten una sanción.
  • Si se te ha pasado el plazo para presentarlo, nosotros cómo asesores nos encargamos de confeccionarlo y presentarlo fuera de plazo evitando sanciones mayores.
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    Los datos personales que nos proporciona serán tratados por Xavier Sangenis Lafuente con la finalidad de gestionar su consulta o petición, y en su caso, contactar con Vd., así como para el control de navegación. Tiene derecho a acceder, suprimir y rectificar los datos, así como a otros derechos, por email dirigido a xsangenis@jdvalls.com, pudiendo igualmente consultar información adicional en el enlace www.asesoresautonomosjdv.com

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    ¿Quién está obligado a presentar el modelo 720?

    Están obligadas a presentar el modelo 720 todas las personas físicas o jurídicas residentes en España, los establecimiento permanentes en dicho territorio de personas o entidades no residentes y el resto de entidades previstas en el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, siempre que el valor de sus bienes o derechos superara los 50.000 euros. Deberás presentar el modelo 720:

    Si tienes la titularidad jurídica o real de los bienes o derechos.

    Si puedes disponer de esos bienes aunque no seas titular.

    También si eres representante, apoderado, autorizado, beneficiario de esos bienes o derechos.

    ¿Qué pasa si no presento el modelo 720?

    Aquí radica la controversia de esta declaración. Su desproporcionalidad sancionadora. Existen varios supuestos:

    • Incumplir la obligación de presentar la declaración. Se impondrá una sanción de 5.000 euros por cada dato inexacto, incompleto o no incluido, y con una sanción mínima de 10.000 euros al tipificarse como una infracción de carácter tributario.
    • Presentar la declaración fuera de plazo o por medios no telemáticos. Se impondrá una sanción de 100 euros por cada dato incompleto o inexacto, y con una sanción mínima de 1.500 euros.

    Todos aquellos bienes y derechos que no hubieran sido declarados por el contribuyente serán considerados como una ganancia patrimonial no justificada a los efectos de la declaración de la renta o en el Impuesto de Sociedades. Este supuesto comportará una sanción económica igual al 150% del valor de los bienes y derechos no declarados.

    ¿Qué hay que incluir en el modelo 720?

    En este modelo deberán detallarse todos los bienes y derechos en el extranjero. Qué en grandes rasgos son:

    Cuentas bancarias en el extranjero, de las cuales ostentes la condición de titular, beneficiario, autorizado o similar; seguros de vida o invalidez en el extranjero de los que se sea tomador y rentas vitalicias de las que se sea beneficiario; bienes inmuebles en el extranjero; títulos, activos valores y en general cualquier inversión fuera de España.

    ¿Cuándo debes presentar el modelo 720?

    Este modelo se presenta entre el 1 de enero y el 31 de marzo del ejercicio siguiente a aquel que haga referencia la información que se pretenda declarar.

    ¿Por qué elegir jdv asesores?

    Tu modelo 720 la hace y presenta un Asesor Fiscal

    A la hora de confeccionar tu declaración (modelo 720) existen varios factores y circunstancias que se deben tener en cuenta. Un simple descuido por desconocimiento puede hacer que Hacienda te sancione con hasta 1.500 euros. Nuestros asesores fiscales evitarán que esto suceda.

    Online, telefónica o presencialmente

    Estamos ubicados en Barcelona. Pero entendemos que el tiempo de nuestros clientes es importante. Por eso proporcionamos la posibilidad de reunirnos presencial, telemática o incluso telefónicamente.

    Ahorra tiempo y dinero

    Nosotros nos encargamos de todo. Olvídate y céntrate en otras cosas.

    Sin errores máxima precisión

    Si presentas tu modelo 720 con algún error Hacienda te multará. Contrátanos, asesórate por nuestro equipo y te garantizarás 0 errores.

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    Cada declaración es distinta atendiendo a las circunstancias personales de la persona. Contacta con nosotros y te facilitamos un presupuesto sin compromiso.

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    Cómo trabajamos

    • Rellena el formulario o llámanos al 93 762 69 99.
    • Te facilitamos un presupuesto sin compromiso.
    • Fijamos una reunión presencial, telemática o telefónicamente.
    • Te asignamos un asesor fiscal quién te solicitará toda la documentación necesaria.
    • Aplicamos todas las deducciones atendiendo a tus circunstancias particulares.
    • Te enviamos un borrador del modelo 720.
    • Presentamos por ti el modelo 720.