IMpuesto sobre el patrimonio

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impuesto sobre el patrimonio

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    ¿Qué grava el Impuesto del Patrimonio?

    Este impuesto grava el patrimonio neto de las personas físicas. Es decir el conjunto de bienes y derechos con valor económico una vez deducidas las cargas y gravámenes las cuales disminuyen su valor. 

    Se trata de un impuesto estatal, si bien su recaudo ha sido cedido a las Comunidades Autónomas. Como consecuencia de esta cesión las Comunidades Autónomas han asumido competencias en distintas materias dentro del ámbito de este impuesto (tipo de gravamen; deducciones; bonificaciones; entre otros).

    ¿Quién está obligado a presentar el Impuesto sobre el Patrimonio?

    Están sujetos a este impuesto las personas físicas que tengan residencia habitual en España. Se deberá declarar el conjunto de los bienes y derechos económicamente evaluables de los que fueren titulares hasta el 31 de diciembre del año declarado, independientemente del lugar donde se ubicarán dichos bienes o derechos.

    Están obligados a presentar el impuesto sobre el patrimonio aquellos contribuyentes que el valor de sus bienes y derecho (una vez deducidos gastos y gravámenes) fuere superior a 2 millones de euros. El mínimo exento de este impuesto está fijado en 700.000 euros y tampoco tributan los primeros 300.000 euros del valor de la vivienda habitual.

    ¿Qué bienes y derechos se incluyen en la declaración?

    • Bienes inmuebles.
    • Los bienes y derechos afectos a actividades empresariales o profesionales.
    • Depósitos en cuenta corriente o de ahorro.
    • Acciones o participaciones en fondos propios de cualquier tipo de entidad.
    • Seguros de vida y rentas temporales o vitalicias.
    • Joyas, pieles de carácter suntuario, vehículos de más de 125cc, embarcaciones y aeronaves.
    • Objetos de arte o antigüedades.
    • Derechos reales y concesiones administrativas.
    • Derechos derivados de la propiedad intelectual e industrial.

    ¿Qué bienes están exentos en la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio?

    • Bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español
    • Bienes integrantes del Patrimonio Histórico de las Comunidades Autónomas
    • Ciertos objetos de arte y antigüedades
    • Ajuar doméstico
    • Derechos de contenido económico
    • Derechos derivados de la propiedad intelectual o industrial
    • Valores pertenecientes a no residentes
    • Patrimonio empresarial y profesional
    • Participaciones en determinadas entidades
    • Vivienda habitual del contribuyente
    • Exención de la vivienda habitual del contribuyente
    • La vivienda habitual del contribuyente también está exenta, con un importe máximo de 300.000 euros.

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